LEY
FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR.
Cuando haces compras de forma tradicional, la
ley te protege…
…. De igual forma, en tus transacciones comerciales electrónicas también estás
protegido.
¿Sabías que la Ley Federal de Protección al
Consumidor contiene disposiciones sobre comercio electrónico?
En el año 2000, se hicieron algunas reformas al
texto de la ley para introducir el capítulo VIII Bis.
CAPÍTULO VIII BIS
De los derechos de los consumidores en las
transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de
cualquier otra tecnología..
ARTICULO 76 bis.-
Las disposiciones del presente capítulo aplican
a las relaciones entre proveedores y consumidores en las transacciones
efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra
tecnología. En la celebración de dichas transacciones se cumplirá con lo
siguiente:
I. El proveedor utilizará la
información proporcionada por el consumidor en forma confidencial, por lo que
no podrá difundirla o transmitirla a otros proveedores ajenos a la transacción,
salvo autorización expresa del propio consumidor o por requerimiento de
autoridad competente.
II. El proveedor utilizará alguno
de los elementos técnicos disponibles para brindar seguridad y confidencialidad
a la información proporcionada por el consumidor e informará a éste,
previamente a la celebración de la transacción, de las características generales
de dichos elementos.
III. El proveedor deberá proporcionar al
consumidor, antes de celebrar la transacción, su domicilio físico, números
telefónicos y demás medios a los que pueda acudir el propio consumidor para
presentarle sus reclamaciones o solicitarle aclaraciones.
IV. El proveedor evitará las
prácticas comerciales engañosas respecto de las características de los
productos, por lo que deberá cumplir con las disposiciones relativas a la
información y publicidad de los bienes y servicios que ofrezca, señaladas en
esta Ley demás disposiciones que deriven de ella.
V. El consumidor tendrá derecho
a conocer toda la información sobre los términos, condiciones, costos, cargos
adicionales, (en su caso), y formas de pago de los bienes y servicios ofrecidos
por el proveedor.
VI. El proveedor respetará la
decisión del consumidor en cuanto a la cantidad y calidad de los productos que
desea recibir, así como la de no recibir avisos comerciales.
VII. El proveedor deberá
abstenerse de utilizar estrategias de venta o publicitarias que no proporcionen
al consumidor información clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos, en
especial tratándose de prácticas de mercadotecnia dirigidas a la población
vulnerable, como los niños, ancianos y enfermos, incorporando mecanismos que
adviertan cuando la información no sea apta para esa población".
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